joomla visitor
Auditora
SEGURIDAD: UN DERECHO HUMANO
Buscar Autor o Artículo

PULSE LA TECLA ENTER
Voces Diario
Banner
459
Banner
Posada del Periodista
Banner
460
Banner
458
Banner
457
Banner
456
Banner
455
Banner

Edición 264

{vozmestart}

SEGURIDAD:

UN DERECHO HUMANO

José Alfonso Suárez del Real y A.

“Los Derechos Humanos sólo sirven para la retórica
parlamentaria o política cuando conviene”
José Saramago,

 

La grandilocuencia exhibida por el Poder Legislativo a lo largo del proceso de análisis y debate en torno a la decisión presidencial de enviar a la calle a las fuerzas armadas es muestra irrefutable de que por sobre los intereses de la Nación -destacando dentro de ellos a los Derechos Humanos- están las agendas de los partidos políticos.

En torno a la controversial declaratoria de guerra de Calderón, emitida en 2006, los militares solicitaron a su mando supremo, que a fin de cumplir sus órdenes con legalidad y corrección, notar que era necesario invocar los mecanismos previstos por la propia Constitución.

En abono a su petición, el Instituto castrense señaló la debilidad y dispersión de la interpretación que la SCJN dio a la llamada coadyuvancia de las fuerzas armadas en materia de seguridad pública.

Para el Ejército estaba claro que en tiempos de paz el pacto social determina que deben permanecer en sus cuarteles; que el décimo párrafo del artículo 21 estipula, sin género de dudas, que la seguridad pública es de carácter civil, y que el mecanismo previsto para su actuación está sometido a lo dispuesto por el artículo 29 de la Constitución, y ello conlleva la corresponsabilidad y el control del Congreso o su Comisión Permanente, para suspender o restringir aquellas garantías que fuesen obstáculo para hacer frente, rápida y fácilmente a una invasión extranjera, o, como sería el caso, a perturbaciones graves de la paz pública, o de cualquier otro que ponga a la sociedad en grave peligro o conflicto.

La carencia de un marco jurídico que normase de forma clara los alcances de la invocada coadyuvancia en seguridad pública propició, desde el primer momento, la ilegalidad y la recurrente violación de garantías individuales y derechos humanos.

 

Suarezdelreal

Estas reflexiones sustentaron la solicitud que el secretario de la Defensa Nacional presentó a su superior Felipe Calderón en febrero de 2007, la cual fue atendida hasta mayo del 2009, cuando el Ejecutivo envió una propuesta de reforma a la Ley de Seguridad Nacional, fincando su engañosa propuesta en la facultad de disponer de la totalidad de la Fuerza Armada estipulada por la fracción VI del artículo 89 constitucional, inmoral evasión del mecanismo plasmado por los constituyentes de 1857 en el antes citado artículo 29, el cual determinó, desde hace 154 años, las hipótesis de aplicación de un Estado de excepción y, sobre todo, el mecanismo que impidiera la instauración de la dictadura, sin el control de la Soberanía popular, representada por los integrantes del Congreso de la Unión.

Obvia decir que si el origen de la solución legislativa le da la vuelta al Pacto Social, la iniciativa de reforma -manoseada además por el secretario de Seguridad Pública Federal a fin de establecer su supremacía a través de la figura de prelación legislativa, colocándose como primera dependencia invocada por sobre el Ejército, la Fuerza Aérea y la Armada de México-  fue cuestionada por el Senado de la República a grado tal que la necesidad planteada por el Ejército se entendió como amenaza de militarización y desde esa óptica se reformó la Ley de Seguridad Nacional.

La solución senatorial se concordó al espíritu de la reforma que consagró a los derechos humanos como columna vertebral del pacto social de los mexicanos del siglo XXI y, en consecuencia, reconoció -bajo el principio de independencia y autosumisión- la aplicabilidad de pactos y convenios internacionales así como las recomendaciones y sentencias que los órganos internaciones defensores de derechos humanos emitan al Estado mexicano.

Este fundamental aporte ha sido entendido por las fuerzas armadas como la innovación más significativa en el avance a favor de los derechos humanos de los mexicanos, evolución coincidente con su petición de contar con un andamiaje legislativo claro, que estipule con toda nitidez el control social y, por supuesto, determine puntualmente el ámbito de acciones en materias de seguridad nacional, defensa nacional y seguridad interior, y que busque su redefinición como derechos omnigarantes de los derechos humanos, a fin de concordar la Ley de Seguridad con la reforma constitucional.

La institucionalidad demostrada por las Fuerzas Armadas en esta profunda transformación requiere urgentemente de generar el consenso político, legislativo y social que determine sus acciones y alcances a fin de dar certidumbre al proceso evolutivo de la seguridad, en sus componentes nacional e interior, como derecho omnigarante que garantice la permanencia de las instituciones democráticas, incluyendo en ellas a las instituciones castrenses.

A la par de rescatar a la seguridad pública y social del rango de simple función de gobierno, para reconocerla como un derecho que por sí mismo garantiza el libre ejercicio de los derechos humanos de todos los mexicanos.

Seguir postergando esta decisión es permitir que la estrategia de guerra de Felipe Calderón siga violando los derechos humanos de millones de mexicanos; es prolongar el sometimiento de la seguridad -en todas sus vertientes- al rango de mera función de gobierno y es, como sentenció Saramago, prorrogar la retórica parlamentaria y de gobierno a su conveniencia.

{vozmeend}



Comentarios (0)Add Comment
Escribir comentario
 
 
corto | largo
 

busy
¿Quién está en línea?
Tenemos 268 invitados conectado(s)
Noticias
273 Suplemento
Banner
454
Banner
453
Banner
452
Banner
451
Banner
450
Banner