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México: La república de trampantojo o de los espejismos recurrentes
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Edición 256

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México: La república de trampantojo

o de los espejismos recurrentes

LORENZO ALDRETE BERNAL

Este título no pretende ser ni hilarante, ni insolente, ni afrentoso. Es simplemente una aseveración sobre realidades constatables. Como bien se sabe, las técnicas de trampantojo son ardides estéticos para engañar la mirada del espectador, para entrampar a sus ojos, de ahí su expresión originaria en francés: trompe l’oeil. La elucidación es pertinente por aquello que alguna vez escribiera Carlos Fuentes sobre nuestra metrópoli capital: ¡Ciudad de la risa gualda donde todo se vuelve afrenta!  Lo gualdo es lo amarillento, lo que denota el estado de mustio de las cosas que se agostan y no florecen más. Lo gualdo es tributario de un desgaste corrosivo que trasmuta todo en herrumbre, en rancia lasitud que duerme con ojos pisciformes, inexorablemente abiertos a falta de párpados.

El trampantojo o el espejismo de artificio cumple una función irreprochable cuando la verdad lacera o desasosiega porque decirla exhibe lo inconfesable, lo bochornoso, lo que no admite excusa creíble. Y hoy es fácil constatar esto espigando algunos temas, de eso que eufemísticamente podemos atrevernos a seguir catalogando “la vida nacional”, y cuya sola mención desencadena el más nutrido juego de luces donde el juicio temperado o el discernimiento sucumben a encandilamientos de todo jaez. El exceso de luminosidad obnubila la lucidez, borra los matices de un armonioso encendido.

Recuerdo que en la novela Paradiso de Lezama Lima, el coronel Pedro Cemí  al  mirarse en el espejo del cuarto de baño por vez primera en su primigenia estancia en México, tiene la siguiente vivencia:

Creyó ser víctima de un conjuro. Con la toalla limpió la niebla del espejo, pero tampoco pudo detener la imagen en el juego reproductor. Avanzaba la toalla de derecha a izquierda, y aún no había llegado a sus bordes, volvía la niebla a cubrir el espejo. A través de ese primer terror, que había sentido en su primera mañana mexicana, aquella tierra parecía querer entreabrir para él su misterio y su conjuro”.

En nuestro país nada es lo que parece, nuestro lenguaje prodiga el albur y las expresiones entrecortadas, la anfibología se vuelve recurso expedito para hacer y cumplir a medias, para no arriesgar demasiado lo que en sí mismo es precariedad y titubeo en nuestras decisiones. Hay en nosotros una necesidad casi genética de posponer las respuestas a los problemas que nuestro infierno cotidiano suscita.

Samuel Ramos escribió con peculiar desparpajo que en el mexicano  se advertía “un simulacro de violencia”. La aseveración me parece sesgada y nada difícil de sucumbir a un mentís aquí y allá. El simulacro del mexicano tiene que ver antes bien con su escepticismo, acaso ya inveterado, respecto de lo que simbolice autoridad o legalidad. La legalidad nos estorba y el cumplimiento de los acuerdos no suele ser ad pedem litterae (al pie de la letra), sino con salvedades no estipuladas que brotan de último momento para embozar la fractura de lo prometido.

 

CarlosFuentes

Carlos Fuentes.

 

En términos sociológicos somos el tipo innovador  mertoniano, estamos ciertos de  que los cauces legales para ascender hacia la prosperidad y la dignidad no son asequibles, de que hay que zanjar las cosas y transmutarnos en infractores taimados.

Cuando el infausto episodio de las Conversaciones de Bucareli, por ejemplo,  los delegados del gobierno estadounidense que como voraces mercaderes supeditaban el reconocimiento al régimen obregonista a la no retroactividad del artículo 27 constitucional, invocando leyes del porfiriato que acreditaban su propiedad sobre el subsuelo  de sus predios y lo que ahí se encontrase, la sagacidad del abogado González Roa -según narra Pani en su reflexión incumbente- excogitó un híbrido jurídico inaudito que dejó perplejos a los concurrentes. El astuto jurista expresó que la exigencia de los huéspedes tenía que cumplir el requisito de acreditar “actos positivas” en sus respectivos rubros de interés. Con este anfibológico término se logró lo que mejor sabemos lograr, a saber: posponer las cosas.

El azar, los enhebramientos coyunturales, los ensalmos de toda índole o lo que se prefiera aducir, propiciaron que los acuerdos que en ese momento se estipularon no fueran ratificados jamás por congreso alguno; a la postre México fue reconocido , se salvó la letra constitucional y los acaeceres siguieron su cauce con otro tipo de sobresaltos.

Pues bien, quiero referirme aquí a dos ejemplos emblemáticos de lo que es el fenómeno de trampantojo. Por supuesto podrían prodigarse un sinnúmero más, pero estos dos me parecen particularmente ilustrativos de ese agravio tan padecido a fechas recientes en nuestra hipersensible piel patria, a saber: el del probable conculcamiento de nuestra soberanía. Aludiré,  pues, al caso Florence Cassez y al caso Jaime Zapata.

Esta obsesión estacional  por la soberanía no deja de revestir un simulacro de solemnidad que termina disolviéndose en mueca sardónica, cuando un demonio como el de Nietzsche en La Gaya Ciencia nos musita que todo esto ya lo hemos vivido abundantes veces y del mismo modo, de que lo que defendemos es el espejismo para no aturullarnos con la verdad.

Empero, en el affaire Florence Cassez, el mundo del trampantojo es el mundo del engaño con fines políticos. Conforme los días transcurren surgen nuevas ensoñaciones, nada es como era o fue semanas, meses o años antes.   Según quien declare –el gobierno mexicano, el gobierno francés, los defensores de la inculpada o los senadores ahora ya también incorporados- los juegos de luces van cambiando, se intensifican o difuminan, se ensanchan o se angostan. Las desvaídas trompetas de la soberanía nacional  que el gobierno quiere escuchar, encuentran sus poco gráciles intérpretes en voces radiofónicas o televisivas, y por momentos sin mucho ímpetu ya.

Es el vómito creado por prácticas policiales inextirpables. La Agencia Federal de Investigación -brotada como capullo de alhelí de la Dirección General de Planeación y Operación de la Procuraduría- se anunció en su momento inaugural como el flamante summum de una policía científica y celosa de los derechos humanos. Nacía el FBI azteca, con presuntos estándares a la altura de Quantico, Virginia, la aúrea sede del FBI genuino.

 

lezamalima

Lezama Lima.

 

Atrás habrían de quedar las inconfesables técnicas del pocito, el tehuacanesco suero de la verdad -versión vernácula del pentotal  sódico- y los toques eléctricos en cuerpos tundidos y mojados ex profeso. Pero también se trató de un espejismo. Los cuerpos de agentes de la corporación llenaban la nota roja con tiros de gracia y signos de tortura, evidencias de involucramiento en el narcotráfico, y la leyenda negra de su director, el ingeniero mecánico Genaro García Luna, comenzó a crecer. No hubo jamás esclarecimiento de ninguno de aquellos asesinatos de integrantes de la corporación federal de novedoso cuño.

El desprestigio fue grande, especulaciones de toda índole cundieron, pero Genaro García Luna permaneció incólume, como permanece hoy, a pesar de las ejecuciones de íntimos suyos en la profesión y de un descrédito generalizado que ensombrece su persona. Al paso del tiempo, el jefe policial recibiría un nuevo juguete ante la descompostura irreparable del anterior: la Policía Federal Preventiva, hoy Policía Federal.

Pues bien, fue la AFI de Genaro García Luna la que simuló una escenificación de flagrancia con luces de impecable producción televisiva en el affaire Florence Cassez.  Sobrevino el despido de algún reportero por haber solicitado el montaje sin autorización, la policía  hubo de admitir que la detención de Cassez y su novio Israel Vallarta -presunto jefe de la banda de secuestradores- aconteció en una carretera muchas horas antes de la filmación de trampantojo.

Lo que ha seguido después constituye un intrincado viaje sideral de psicodelia inagotable: desaseo en el arresto de los inculpados, actos de incomunicación y tortura contra éstos, violación de garantías de acuerdo a protocolos de relaciones consulares , declaraciones contradictorias de las víctimas, periodistas francesas narrando irregularidades inocultables en el abultado expediente judicial de miles de fojas, fabricación probable de testigos, obligaciones internacionales de traslado de condenados, que luego de haberse suscrito y aprobado por el Senado y el ejecutivo como inequívocas, hoy son también parte del trampantojo político.

El procurador francés habla de denunciar bajo competencia de extraterritorialidad a Genaro García Luna  por falsificación de pruebas, la defensoría de Cassez asevera lo mismo, el Senado hace el amago de deliberar como si fuese algo novedoso, sobre el documento  que  la anterior legislatura aprobó en su momento por 104 votos y que el ejecutivo publicó sin objeción en el Diario Oficial de la Federación. La  Cancillería mexicana -en la oficiosa comisión bilateral propuesta por el efímero mandatario sexenal- ¡objeta artículos del Tratado de Estrasburgo  para traslado de personas condenadas como extranjeras, que constituyen parte sustantiva del mismo!  ¡Es decir que México se  rehúsa a cumplir con un convenio, negando validez a lo en él contenido y volviéndolo materia de salvedad!

Se ventilan declaraciones consulares de nuestro país sobre  alguna misiva del ejecutivo, negando lo que el procurador francés dice que Sarkozy le dijo que se le había prometido para trasladar a Cassez, y así hasta la náusea.

Lo que en su momento parecía ser una irrecusable culpabilidad de Cassez, ya no parece serlo tanto en este mundo de trampantojo político. Y aquí surge la pregunta ineludible en medio de esta fársica vorágine de despropósitos: ¿y si todo hubiese sido una fabricación de Genaro García Luna, como ya algunas fuentes plantean? Ante el desaseo  de toda índole propiciado en el caso, ¿es esto impensable de un funcionario público con una trayectoria tan sombría y recurrentemente  impugnado en sus comparecencias y declaraciones?

Corolario: Por el bien del efímero mandatario sexenal y su indisociable alfil policial, les conviene a ambos sobremanera que Florence Cassez sea culpable al final de todo lo que aún esté por venir en este turbio mar de las resquebrajadas instituciones del  enfermo estado mexicano. ¡No vaya a ser que en algún vericueto de este escabroso affaire de múltiples equívocos y desmentidos, la francesa terminara siendo la Dreyfus de la justicia mexicana, inicuamente condenada!  Nuestra enfermedad como Nación es el presidencialismo a cuyas voliciones y desvaríos nos precipitamos cada seis años.  Es el presidente el promotor consuetudinario de los espejismos o trampantojos estacionales de su mandato.

Por eso la expresión  efímero mandatario sexenal, para que no se olvide que el nefasto personaje en turno es pasajero, que habrá de irse en medio del desprecio generalizado, como los que le han antecedido, como los que lo sucederán mientras sigamos padeciendo esta lesiva figura de poderes exagerados y discrecionalidad preocupante.

 

Decía Pío Baroja:

Una enfermedad es como el viaje hecho por un mar de dolor, de angustia y de melancolía, con islas extrañas, canales misteriosos y acantilados cortados a pico. Un dolor se parece a veces a la nube ensombrecedora del horizonte; otro, al escollo peligroso por delante del cual se ha de pasar. La enfermedad es también Nave de los Locos, con tripulaciones de sombras gesticulantes y disparatadas; es un carnaval del cerebro con bacanales furiosas y fantásticas zarabandas.

 

florencecassez

Florence Cassez.

 

Tal ha sido la Nave de los Locos en la que cada efímero mandatario sexenal  -según su propio delirio-  ha embarcado a la Nación, con su secuela inevitable de saqueo del erario, represión, crímenes no esclarecidos, endeudamiento vergonzante, desempleo, idiotismo mediático, monopolios intocables, menosprecio por la ciencia y la cultura,  y ahora con matices novedosos de militarismo a ultranza, perversidad policial más tecnificada e  incumplimiento de tratados internacionales.

Reflexiones sobre lo aprobado por el Senado y por el Ejecutivo

Primera reflexión: La aprobación del Convenio sobre Traslado de Personas Condenadas por parte del Senado de la República publicada el 24 de abril de 2007 en su Gaceta incumbente, se sustenta en el instrumento homólogo redactado en Estrasburgo, Francia  el 21 de marzo de 1983.

Una de las atribuciones constitucionales de dicha soberanía legislativa es la aprobación de Tratados Internacionales que el Ejecutivo suscriba (art.76 constitucional). El Decreto Promulgatorio del Convenio sobre Personas Condenadas, adoptado en Estrasburgo, Francia el 21 de marzo de 1983, fue publicado a su vez en el Diario Oficial de la Federación el 7 de septiembre de 2007 y suscrito por el efímero mandatario sexenal.

Nada objetó el ejecutivo al texto que se sometió a dictamen en primera lectura en la sesión pertinente del Senado de la República (publicado en la Gaceta incumbente el 19 de abril de 2007), como tampoco nada objetó al documento que dicha Cámara le turnó para su publicación. Por ende, tenemos un tratado que forma parte de la ley suprema de la Unión (art.133 constitucional.)

 

Sarkozy.

Segunda reflexión: El artículo tercero estipula los requisitos para el traslado de un condenado extranjero a su país de origen, inequívocamente señalados, a saber: que el condenado sea nacional del Estado de Cumplimiento, que haya sentencia firme, que la condena tenga un cumplimiento de al menos seis meses desde la fecha de recepción de petición, o bien sea indeterminada, se prevé (optativamente) también que pudiese haber condiciones de aflicción física o mental para el consentimiento del traslado, o que los actos u omisiones que hayan propiciado la condena constituyan una infracción a la legislación penal del Estado de Cumplimiento.

Florence Cassez podría cumplir sin óbice mayor con los requisitos imprescindibles: nacionalidad francesa, estipulación de condena no menor a seis meses y petición de traslado. ¿Qué es lo debatible al respecto? La gravedad del delito no es materia de exclusión para el traslado.

Cuando en el artículo tercero referido se dice que el Estado de Condena y el Estado de Cumplimiento deben de estar de acuerdo en el traslado (inciso f), ¿qué significa esto exactamente? El concepto de “ponerse de acuerdo” los estados adherentes al pacto en comento no puede significar debatir sobre artículos que ya las soberanías legislativas respectivas aprobaron, sino simplemente constatar que los requisitos se cumplan y proceder indefectiblemente al traslado convenido.  A menos que se traicione la buena fe por una de las partes, en este caso México.

Tercera reflexión: el pacto aquí referido otorga al Estado de Cumplimiento, en tanto lugar de destino final del reo trasladado, adaptar la sentencia emitida por el Estado de Condena a su propia legislación penal. El artículo 10.2 del Convenio aprobado, que es una transcripción literal del de Estrasburgo, reza:

Sin embargo, si  la naturaleza o la duración de dicha sanción fueren incompatibles con la legislación del Estado de cumplimiento o si la legislación de dicho Estado lo exigiere, el Estado de cumplimiento podrá adaptar, mediante resolución judicial o administrativa, dicha sanción a la pena o medida prevista por su propia ley para las infracciones de igual naturaleza.

(Toutefois, si la nature ou la durée de cette sanction sont incompatibles avec la législation de l’Etat d’exécution, ou si la législation de cet Etat l’exige, l’Etat d’exécution peut, par décision judiciaire ou administrative adapter cette sanction à la peine ou mesure prévue par sa propre loi pour des infractions de même nature.)

Por supuesto que esto puede significar reducirla o incluso exonerar al reo si hubiese a criterio del Estado de Cumplimiento consideraciones de desaseo procesal en la sentencia emitida por el Estado de Condena.

Entonces, no se trata de que el Estado de Cumplimiento devenga corte de casación, sugiriendo que habría un criterio de unilateralidad inaceptable respecto del fallo condenatorio originario. Sencillamente se reconoce en el texto un principio de adaptación de sentencia de una legislación a otra, que las partes adherentes al pacto han irrevocablemente acordado al aprobar el instrumento en sus respectivas soberanías legislativas, punto.

Cuarta reflexión:  El que los gobiernos prodiguen objeciones a posteriori sobre las cláusulas de los pactos que sus respectivas soberanías ya aprobaron, es una vez más una  aberración que lo único que denota es la mala fe -como ya comenté- de quien violenta la autonomía de sus poderes incumbentes.  Estamos ante argucias políticas donde las cancillerías juegan un papel de desinformación apabullante.

Cada vez que un alto funcionario de nuestra Cancillería se expresa sobre el caso Cassez, su objeción al traslado de esta mujer a su país de origen es, por ejemplo, que ya fue condenada en tres instancias del poder judicial, y esta cantilena la reproducen hasta la náusea comunicadores, políticos, escritores y toda una abigarrada fauna más de perezosos que reproducen nuestro signo fatal como pueblo: la abulia para la lectura y la indagación rigurosa de las cosas.

La perogrullada de la aseveración es ostensible. ¡El Decreto Promulgatorio en comento es para condenados , por ende la sentencia condenatoria que se dicte a Florence Cassez es esencial como requisito de traslado!  ¡Sarkozy en marzo de 2009, en rueda de prensa conjunta en México con su homólogo anfitrión, expresó su respeto absoluto por la justicia mexicana diciendo que no le correspondía a él erigirse en magistrado!

De nuevo aquí tenemos el problema de que el efímero mandatario sexenal desatiende su obligación constitucional de celebrar tratados internacionales sometiéndolos a la aprobación del Senado (art 89 X ) y luego respetar cabalmente su observancia. Ahora el efímero mandatario sexenal -para ganar tiempos políticos, ¡qué se yo!- desata un debate sobre requisitos básicos del texto o sobre la noción de adaptación de sentencia, ¡cuando los mismos  forman parte sustantiva del instrumento! ¡Y entonces salen los adalides del burocratismo puntilloso  a decir que el acuerdo no se ha dado, cuando sabemos que sin la mala fe que aquí prevalece el entuerto se desfaría ipso facto.

Es inaceptable que  no habiendo habido ninguna objeción jurídica por parte del ejecutivo cuando pudo presentar salvedades a la soberanía incumbente, ahora se tenga al país entrampado en un falso debate, donde en el colmo del cretinismo periodístico hay quien ha comparado el caso con la Guerra de los Pasteles, ¿qué hay ya barcos de guerra franceses a punto de tomar el puerto de Veracruz?

Es inaceptable -como ya dije- la falta de claridad del Senado de la República sobre una materia de su esencial incumbencia. Si la Cámara Alta de la  LX Legislatura aprobó algo que no leyó con atención ni ponderó en sus alcances reales, o hubo otras “razones de estado” de por medio, que el Senado de la actual Legislatura LXI lo diga a la Nación en un acto de vergüenza inusitada en los políticos de membrete. Porque los alcances del Tratado son inequívocos, huelga seguir insistiendo en ello.

El Decreto Promulgatorio del Convenio sobre Personas Condenadas estipula lo siguiente (art.12), además de lo ya referido: Cada Parte podrá conceder el indulto, la amnistía o la conmutación de la pena de conformidad con su Constitución o sus demás normas jurídicas

Ahora bien, si hoy la sensibilidad nacional ante el secuestro es tan fuerte, que es materia de agravio para nosotros el que bajo el Tratado de Estrasburgo se pueda llegar a mitigar la pena o incluso a exonerar en su país de origen, a un condenado extranjero que haya cometido ese terrible delito en nuestro suelo patrio, pues no se pospongan más las cosas y denúnciese el instrumento por las vías jurídicas internacionales procedentes.

 

 

jaimezapata

El piolín.

 

El principio de rebus sic stantibus (con las cosas estando así), establece como salvedad al cumplimiento de un tratado un cambio en las circunstancias internas de un país que modifique el alcance de la obligación. (Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, Parte III, Sección tercera, Artículo 62.)

Si hoy nuestras circunstancias no nos permiten aceptar los términos de alcance de un pacto como el alusivo a personas condenadas como extranjeros en otro país, esto ha de protestarse ante la Corte Internacional de la Haya. Empero, aun desvinculándose México de su obligación respecto del Tratado de Estrasburgo, no podría hacerse tal desvinculación extensiva al caso Cassez, pues se incurriría en retroactividad en la aplicación de la ley.

El caso Jaime Zapata

¿Por qué se muere un hombre que es funcionario público de su país, cuando transita por los caminos de un país que no es el suyo? Entre el caudal de cabos sueltos, reportes sesgados, detenciones múltiples, intervención de distintas instancias gubernamentales de uno y otro lado de la frontera, aseveraciones y especulaciones de toda índole, la respuesta no alcanza a conformarse con la fuerza de lo fidedigno. Sí, lo fidedigno, aquello que es digno de fe pública.

 

El alud de la mendacidad oficiosa llega al extremo de extraer de los limbos del imaginario avieso y turbio, novedosos artilugios. Resulta que el arma homicida es una Romarm-Cugir WASR modelo Draco de manufactura rumana, una verdadera pieza de coleccionista, y acaso de futuro acervo museográfico. Su calibre es de arma de guerra, nada más y nada menos que 7.62, el mismo que el de un Cuerno de Chivo. Valiéndose del título de una película taquillera se monta del otro lado del Bravo un vertiginoso operativo denominado Rápido y Furioso. ¡Los motores refulgen! Los cateos en armerías clandestinas rinden frutos inmediatos. Se aseguran importantes cantidades de armas y montos millonarios en efectivo, hay más detenidos y sin duda más habrá de haber.

 

Pero entre más nutrido va volviéndose el elenco de protagonistas y entre más aderezada se torna la trapisonda o el enredo, el galimatías resulta ininteligible. Pareciera que se nos hablara en una jerga incomprensible, desde la que se nos busca convencer que todo el reparto mafioso que orquestó el asesinato del agente extranjero ¡se equivocó de blanco! Al final del anfractuoso camino por la serranía de la dimensión desconocida, se decreta el error como causa del trágico desenlace. ¿Pero entonces cuál fue el móvil? ¿A quién y por qué se quería matar? ¡Silencio afuera! Ese silencio que acompaña la paz de los sepulcros cuando ésta no es perturbada, es el que campea aquí.

 

Se habla de extraditar al Piolín, presunto jefe del grupo sicario, cuyo rostro tumefacto por la científica e inveterada metodología de confesión voluntaria, delataba en su presentación inaugural ante las cámaras el pasmo del que no sabe bien a bien qué es lo que le sucede, ni por qué está ahí. Pero además de Piolín se ha capturado ya a su jefe inmediato Toto, vinculado a un alto mando Zeta que responde al código de Z-40. ¡Ingeniosa la nomenclatura! Al parecer la Sedena contó con respaldo de inteligencia estadounidense. ¡Y seguirá la mata dando!

 

Del otro lado de la frontera el agente asesinado es un héroe del que se dice que luchaba por ambos países, sin que se precise qué tipo de lucha era la suya. Era acaso el denodado luchador de las causas confidenciales e incomunicables. Se habla de que su compañero sobreviviente les espetó a los agresores el día del fatídico hecho, que se calmaran porque ambos eran de la Embajada. Y así como esto se habla y se habla y se vuelve hablar. El anecdotario es ya profuso y la respuesta a la pregunta simple y directa sigue sin expresarse. De nuevo, aceptando que haya sido un error, ¿a quién y por qué se quería matar?

 

Cuando alguien dice “somos de la Embajada”, como si con ello profiriese la constancia de algún salvoconducto o cierta inmunidad diplomática de altísima jerarquía, no deja tal admonición de mover a risa. Evoco aquí esas películas donde el estadounidense fisgón en tierra ajena se mete en graves problemas, y al verse amenazado como fruto de sus guarradas recita aquello de “I’m an American citizen, take me to my Embassy!”

 

No cabe duda de que en saliendo del vientre materno, cada fauna nacional se nutre, crece, se reproduce y se muere con ideas fijas que conforman eso que se llama idiosincrasia. La idiosincrasia denota una mentalidad colectiva, que por innúmeros avatares y accidentes generacionales termina por definir un modo de ser indisociable de automatismos. En el caso de los estadounidenses su obsesión medular o su conducta refleja básica, estriba en esta creencia de que al margen de las trapacerías en que incurran fuera de sus fronteras, siempre podrán llegar tocando el timbre de algún recinto consular donde puedan exclamar jadeantes por el esfuerzo: Safe! O en español : ¡Zafo!

 

No, en el caso del interfecto en comento, su violenta muerte no fue un accidente ni tampoco un error. A él y a su compañero los iban a levantar, pero al tener los agresores que dispararle al vehículo blindado para abrir las puertas, algunos de esos disparos resultaron fatales. Un agente aduanal estadounidense en suelo extraño es un espía, ¿qué otras cosa podría ser? Suponiendo que su probidad no acepte dinero sucio, sigue siendo un individuo ajeno a la vida local, es el gringo hijo de puta a los ojos de la población oriunda, el que simboliza la arrogancia del colonizador, el que revive con su presencia agravios históricos borrosamente comprendidos, pero sentidos como llaga purulenta.

 

El gringo en misión de espionaje piensa que es muy astuto, que los aborígenes son crédulos y manipulables. Es sabido que el estilo de este tipo de empeños es el de one man operation. Con economía de recursos y la pericia notabilísima de un agente único o un puñado de ellos se pueden caer gobiernos; es lo que los estadounidenses llaman intel, labor de inteligencia.

 

No importa qué secreto se haya llevado consigo el interfecto a la tumba, como tampoco importa el guión que haya de memorizar el sobreviviente cuando tenga que hacer declaraciones públicas, se trataba de presencias intrusivas y hostiles por la razón que se quiera. La vecindad entre México y Estados Unidos es de menosprecio, ¡hasta en banales partidos de selecciones de futbol aflora la inquina mutua! Las revelaciones de Wikileaks sobre la visión que de la vida nacional tiene el embajador Pascual confirmaron lo ya sabido.

 

Si alguien piensa que esto es una exageración, alabo su insólita bonhomía. A veces ciertamente es mejor vivir soñando, y portarse bien por si algún día despertamos, como decía Segismundo en La Vida es Sueño de Calderón de la Barca. Escribió el poeta T.S. Eliot en su Wasteland, o Tierra Yerma como se le ha traducido al español en alguna versión:

 

The corpse you planted last year in your garden,

Has it begun to sprout?

Will it bloom this year?

 

Mi traducción:


El cadáver que plantaste el año pasado en tu jardín,

¿Ha comenzado a retoñar?

¿Florecerá este año?

 

Al espía que muere en misión hay que aderezarle una leyenda dorada, para que retoñe su heroísmo y florezca su recuerdo idílico. Conviene que así sea al poder para el que opera, pues todo lo que hace exige ser ilegal, al cobijo del simulacro y la clandestinidad. Esta pleitesía ya se tributó en el emotivo homenaje fúnebre a la memoria del interfecto en Brownsville, su ciudad natal. Requiescat in pace, Mr. Jaime Zapata. ¿Pero no decía Tina Turner, we don´t need another hero? ¡Cuán equivocada estaba, qué sería del mundo sin los mártires útiles!

Hasta aquí el entreacto, pues nuevos episodios habrá de tener este apasionante thriller on Mexican soil.

 

 

Lorenzo Aldrete Bernal

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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