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Edición 261
Escrito por DAVID MÁRQUEZ AYALA   
Jueves, 30 de Junio de 2011 10:13

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REPORTE ECONÓMICO

Salario mínimo. Cuatro décadas

 

DAVID MÁRQUEZ AYALA

 

 

El salario mínimo (SM) nació en México con la Constitución de 1917, aunque fue reglamentado hasta 1931 con la expedición de la primera Ley Federal del Trabajo. Integrado operativamente por comisiones a escala municipal, el sistema regulador de los SM operó parcial y anárquicamente hasta 1936 cuando se creó la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (CNSM) como organismo rector de las comisiones regionales.

1

A partir del primero de enero de 1987 desaparecen las comisiones regionales y la función de fijar los salarios mínimos para el país queda en manos de la CNSM, con su constitución tripartita (gobierno, patrones y “lideres” de trabajadores).

En los pasados 35 años, las decisiones de la CNSM han sido arbitrarias, adversas a los trabajadores, inconstitucionales e ilegales. Han violado sistemática e impunemente la Constitución (título sexto, art. 123) y la Ley Federal del Trabajo (cap. VI, art. 90) que a la letra establecen: “Los salarios mínimos generales deberán ser suficientes para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia, en el orden material, social y cultural, y para proveer a la educación obligatoria de los hijos.

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El salario mínimo real

Históricamente, el SM real (quitando la inflación y haciéndolo comparativo en el tiempo) tuvo su punto máximo y de inflexión hace siete lustros, en 1976. (Gráfico 1)

Entre ese año y 2010 el salario mínimo real se ha reducido -76.1%, esto es, su poder adquisitivo real es hoy únicamente el 23.9% del que tenía en 1976 (Gráfico 2). Por sexenios, el gobierno de Echeverría (1971-76) fue el último en que el salario mínimo aumentó en términos reales (31.4%), con López Portillo disminuyó -18%, con De la Madrid -47.5, con Salinas -23.4, con Zedillo -24.2, con Fox -1.1 y en el actual -3.3%.

En un periodo más cercano (desde 1982, año en que empieza a calcularse el índice de la canasta básica e inicia formalmente la etapa neoliberal) los índices corroboran la pérdida. En el catastrófico lapso 1982-2010 el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) pasó de 100 a 46,067 puntos, el específico de alimentos a 46,734 y el de la Canasta Básica a 51,397, mientras que el índice del salario mínimo nominal aumentó únicamente de 100 a 17,522 puntos (Gráfico 3.)

Este rezago del poder adquisitivo del SM (1982-2010) se ve claramente en el Gráfico 4.

 

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Conclusiones

1) La erosión del poder adquisitivo (valor real) del SM ha sido una política deliberada y sistemática de los pasados seis gobiernos enfocada a: la contención salarial general (el Consejo Coordinador Empresarial reconoce que el SM muy poca gente lo gana y es sólo una referencia con base en la cual se suben los salarios de las empresas); a disminuir presiones inflacionarias; a la reducción de costos laborales en las empresas; a elevar la competitividad (aunque más bien lo que se ha elevado es la tasa de ganancia); y al “ahorro” de gobierno y empresas en prestaciones y pensiones.

 

4

 

El impacto social de tal política ha sido devastador en el bienestar de los trabajadores, en la asfixia económica y la desintegración de las familias, en el rezago de los niños y la desesperanza de los jóvenes, en mujeres que se multiplican en triples jornadas, en la migración por necesidad; en la desnutrición, la pobreza y la desigualdad. Y ello sin considerar los efectos económicos de un mercado interno raquítico y una demanda endeble, de miles de empresas fracasadas por falta de consumidores, y de una creación de empleos siempre insuficiente.

2) Asumiendo que en 1976 el salario mínimo respondía razonablemente al mandato constitucional, y considerando la pérdida mencionada de su poder adquisitivo (-76.1%), dicho salario general, que a la fecha es de $58.06 pesos diarios / $1,742 al mes, debería ser de unos $7,300 mensuales, al menos en las zonas urbanas.

3) Pensar en un ajuste súbito de tal magnitud al SM es por supuesto improcedente, pero no lo es iniciar una recuperación efectiva paulatina por ley (sin CNSM) de cuando menos unos 6 a 8 puntos reales sobre la inflación cada año. Si bien esto debería beneficiar en lo inmediato a sólo 16.5% de la población ocupada (7.7 sin ingresos y 8.8 hasta un salario mínimo; unos 7.1 millones de personas) (Gráfico 5), y a los pensionados (cuyos ingresos están indexados al salario mínimo), poco a poco el alza impulsaría mejoras en los salarios superiores.

4) México no necesita tener los niveles salariales de Europa, Japón o Estados Unidos para alcanzar niveles razonables de bienestar, siempre y cuando impulse la producción y mantenga bajos los precios de los bienes-salario (alimentos, vivienda, ropa, electricidad...) y de los servicios-salario (salud, educación, transporte...). Para ello, el Estado tiene que recaudar impuestos justos y proporcionales de todos, pero en especial de quienes concentran hoy en inaudita desproporción el ingreso y la riqueza.

(Saúl Herrera Aguilar)

UNIDAD TÉCNICA DE ECONOMÍA SA de CV • ciudad de México • Teléfono / Fax: 5135 6765 •

http://vectoreconomico.com.mx

 

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