Buscar Autor o Artículo


PULSE LA TECLA ENTER

Voces Diario

Banner

459

Banner

Posada del Periodista

Banner

460

Banner

458

Banner

457

Banner

456

Banner

455

Banner
PDF Imprimir E-mail

Ver Otros Artículos de Este Autor

Edición 404
Escrito por Juan Bautista   
Miércoles, 29 de Abril de 2020 12:16

 4043

¿Quién sucede al Primer Mandatario, en caso de una cuarentena por Covid-19?

Juan Bautista

La fragilidad humana es un insignificante suspiro ante el letal enemigo que todavía no alcanzamos a conocer, detectar sus debilidades o descubrir su talón de Aquiles, para contenerlo, someterlo y menos extinguirlo.

  • ¿Cuál es la experiencia internacional?
  • ¿Y en Latinoamérica?
  • ¿Qué dice la Carta Magna al respecto?
  • Los usos y costumbres ¿tendrán un peso hoy?
  • Gobernación, sería la sustituta según la Constitución
  • ¿Una carta del Presidente, sería suficiente para trasladar el mando?
  • Un escenario posible que ya fue puesto en marcha

En su mortal velocidad, su capacidad para mutar de un país a otro sin respetar fronteras e ideologías, socava a los sistemas de salud, quienes, con famélica infraestructura, dejan al desamparo a sus ciudadanos sin la mejor protección, cobijo y asistencia médica.

Este virus está exhibiendo la corrosión de las estructuras políticas, desde sus bases hasta lo pináculos de sus pirámides. En su ataque por escalas, está minando en lo más profundo a los sistemas económicos y financieros, para generar una cadena mundial de caos, de crisis económica, donde los viejos conceptos de los valores pierdan toda proporción en escala descendente.

4043a

En juego, estructuras políticas

BAJO ESA ÓPTICA, los valores monetarios, del petróleo y de infraestructuras no esenciales, podrán perder hasta la mitad de su valor o más, según indican algunos estudios.

En esta guerra, como la califica el Sistema Mundial de Salud (OMS), también están en juego las estructuras políticas. Los gobiernos se están exponiendo ante sus ciudadanos, sus votantes, a tomar decisiones que antes creyeron casi imposibles de instrumentar, las cuales tienen que ver con la seguridad, el movimiento masivo de efectivos militares para aplicar el férreo control social, el cambiar leyes —a través del poder legislativo—, para autorizar presupuestos no considerados en salud, conocer el nivel de endeudamiento público, y certificar códigos que indiquen “ quién puede ser susceptible de vivir, ante quienes se debates entre la vida y la muerte por estar contaminados”.

El poder político, su cúpula, tampoco ha estado exento de este mortal ataque. Uno de sus principales peligros, es el confinamiento a la clase dirigente, y más aún, a los líderes de las naciones, primeros ministros, reyes, jefes de Estado y presidentes de la República.

Ese ataque, en principio mortal, ha empezado su juego. La contaminación a la clase Vip de la política ya registra caídas de hombres y mujeres de Estado, que si bien no los ha dejado fuera de la contienda, sí los mandó a una cuarentena a sus residencias u hospitales especializados.

Ante el avance de este enemigo —que ya contagió a millones de personas y ha dejado una estela de centenares de miles de muertos—, la comunidad académica científica social, debiera considerar los escenarios posibles para prever soluciones inmediatas en los campos de la política, la interpretación de las leyes, la toma de decisiones, en donde el Estado como centro y administrador del poder no pierda tiempo, ni genere ambientes estériles que induzcan a provocar caos; incluso ahonden, aún más la crisis, por la falta de la toma de decisiones a tiempo, o ,al menos considerarlas, así sean los escenarios más remotos.

4043b

El poder, también sufre la pandemia

Sin mostrar reverencia alguna por las investiduras políticas de los dirigentes de grandes naciones, elegidos por los millones de votos que los llevaron al poder, el Coronavirus avanza en una escala horizontal y vertical, pareciera que no hay espacio público libre de una posible contaminación. El poder político también es acechado.

En veloz recuento, enunciaremos una lista de los hombres y mujeres, líderes del mundo, que fueron tocados por la diáspora del Coronavirus y tuvieron que guardar distancia para continuar con su apretada agenda, y otros, que delegaron sus funciones en subalternos o colaboradores de mayor confianza.

El daño a las figuras políticas internacionales

Jair Bolsonaro, de Brasil, guardó distancia temporal aún a regañadientes de sus médicos e incluso solicitó detener su campaña anti aislamiento y “Brasil no puede parar”. A tal grado es su descontento con la medida del confinamiento que terminó despidiendo al titular de salud.

Justin Trudeau de Canadá se fue a casa, al detectarse positivo de Covid-19 a su esposa, él siguió a distancia sus actividades que, por cierto, fue el primer país en declarar que sus atletas no asistirían a la olimpiada a celebrarse en Tokio, en el mes de agosto de este 2020.

Ángela Merkel, canciller de Alemania quien se acercó a un cuadro gripal desconocido, prefirió guardarse un par de semanas. El príncipe Carlos de Inglaterra, quien dio positivo aceptó el confinamiento en Birkhall, Escocia, y una vez repuesto dijo: “La experiencia es terrible, de un momento a otro, te das cuenta que puedes perderlo todo. Es una experiencia que te hace cambiar”.

En España, una de las naciones más golpeadas, en la primera etapa de esta demoledora batalla, su ministra de Igualdad, Irene Montero, fue alcanzada por este mal. Portugal, un país del que poco se informa, su presidente Marcelo Rebelo de Sousa, suspendió actividades por temor a un posible contagio al relacionarse, por su actividad, con alumnos de un colegio donde se detectó un caso.

Italia, que en apariencia estaba por librar una batalla, es la nación europea con más víctimas de ese continente. El presidente de la Eurocámara, el italiano David Sassoli, decidió dejar su cargo y realizar sus actividades desde su casa en Bruselas.

En Irán, la Vicepresidenta para Asuntos de la Mujer y la familia, Masumeh Ebtekar, dio positivo y también su viceministro de Salud, Iraj Harirchi.

Reino Unido, por la relevancia de su papel como primer ministro y su lucha por separar su economía del resto de Europa e importancia en la geopolítica y como una potencia mundial, el confinamiento de Boris Johnson a Downing Street fue una noticia más que relevante. Durante su recuperación, la segunda semana, tuvo que ser trasladado a una sala de urgencia en calidad de “paciente delicado”.

Horas antes se conoció que el primer ministro delegaba, a través de una carta, parte de sus funciones en el ministro de Relaciones Exteriores, Dominic Raab.

4043c

En la misiva de Boris a Dominic, le solicita ocupe su cargo, “donde sea necesario”. La frase ahora ha generado polémica al interior del gobierno del Reino Unido, porque esta figura no aparece en la Constitución. La propuesta de “sucesor”, es una figura que en algún momento existió y ahora ha sido rescatada, explican los analistas del Reino Unido.

Raab, fue el primer nombre de una lista de posibles de candidatos a complementar las actividades de primer ministro.

El caso mexicano

¿Quién sustituye al Presidente de la República en caso de una cuarentena?

Este es un cuestionamiento necesario, dentro del esquema del análisis prospectivo. En caso de una afectación por coronavirus, que si bien no le arrebata el poder sí lo deja convaleciente —fuera de combate— para enfrentar la enorme responsabilidad de conducir un país. El confinamiento podría ser coyuntural, donde la figura del poder, sólo está delicado de salud, pero no le impide seguir al frente de la presidencia; o en otro caso, designar a un colaborador más cercano para atender “sólo las cuestiones más necesarias o donde se requiera”. ¿Quién asciende, en caso de que enferme el presidente que no renuncia? ¿Qué dicen las leyes, la Constitución Mexicana?

El sistema parlamentario, y la sucesión

La monopolización del poder, la unción, el mover los hilos de la vida nacional a través de una sola persona, que por orden constitucional recae en la figura presidencial, es una forma que dictan las leyes de la democracia mexicana que con el paso de los años, ha pulido sus métodos de elección.

Recuérdese por ejemplo que antes de existir el Instituto Federal Electoral (IFE) y ahora el Instituto Nacional Electoral (INE), el Congreso de la Unión se instituía en Colegio Electoral y sancionaba la elección para Presidente de la República, y al mismo tiempo avalaba la conformación integral de la representación legislativa.

La figura presidencial, en su entorno legal que ha sufrido leves modificaciones en los últimos cincuenta años, si bien éstas no se han ampliado, sí se precisa con más rigor. Pero como siempre, también entra la litis y la interpretación de las leyes en la práctica, en la vida real del ejercicio del poder.

Desde los requisitos para ser candidato presidenciable, hasta la regulación de las ausencias para abandonar el país, así sea por motivos de gestión y representación presidencial, pasando por las facultades para integrar o remover a funcionarios de su gabinete, decretar intervenciones en fondos económicos, cancelar megaproyectos económicos o privilegiar otros.

Históricamente el poder legislativo ha sido meticuloso a la hora de legislar sobre las funciones, obligaciones y campos de acción del ejecutivo federal, incluso en momentos de ausencia, posible abandono, por enfermedad o una especie de “retiro voluntario”. Casi podría decirse que es un esquema presidencial perfecto; casi. Ahí por ejemplo, como un botón de muestra, la figura de “revocación de mandato”, aceptada y aprobada por el congreso legislativo para entrar en operación en la próxima elección intermedia, una figura jurídica, sometida a un escrutinio que históricamente no estaba considera para la figura presidencial.

Tema que, por cierto, no es nuevo en la historia política del sistema parlamentario. Después de 1968, esta solicitud se hizo presente en los partidos de oposición, con marcado acento a partir de la primera gran Reforma Política a partir de 1977, sin prosperar hasta ahora cuando se registra que una parte de la izquierda política llega al poder.

Es necesario anotar, que sobre la figura de la sucesión desde los requisitos para ser Presidente, su toma de posesión, su presentación física al momento de tomar protesta, para mandatar, ausentarse por motivos de viaje, enfermedad, indisposición o ausencia temporal o definitiva, está estipulada en la Constitución, a través de serios debates en el Congreso —diarios de los debates y memorias del parlamento mexicano— que lo condujeron a acotar el marco normativo.

No obsta señalar que la concentración de poder en una sola persona, en el caso mexicano, ha ubicado a nuestro sistema parlamentario con un sistema presidencialista, señalan estudios internacionales y tesis doctorales.

Esa concentración, según especialistas, se viene desarrollando por más de siglo y medio, al desaparecer de la Constitución la figura de Vicepresidente, y ello origina, la alta concentración del poder.

En México, no existe la figura de Vicepresidente

La desconfianza, los cuartelazos, las conspiraciones y la colusión de intereses políticos, económicos y extranjeros, no estuvieron lejos de incidir en esta decisión, al ser borrada de la historia, como figura jurídica, la vicepresidencia en México.

4043d

El caso de los países de América Latina y del resto del mundo, la figura del vicepresidente, sigue operando, y suple, en forma automática, la ausencia o permiso de ausencia, del primer mandatario o primer ministro. Pero no, en el caso de México.

¿Qué señala la Constitución sobre la ausencia, renuncia, revocación o destitución del Presidente?

Aquí una breve síntesis de los puntos nodales.

Artículo 84. “En caso de falta absoluta del Presidente de la República, en tanto el Congreso nombra al presidente interino o substituto, lo que deberá ocurrir en un término no mayor a sesenta días, el Secretario de Gobernación asumirá provisionalmente la titularidad del Poder Ejecutivo….

“Cuando la falta absoluta del Presidente ocurriese en los cuatro últimos años del período respectivo, si el Congreso de la Unión se encontrase en sesiones, designará al presidente substituto que deberá concluir el período, siguiendo, en lo conducente, el mismo procedimiento que en el caso del presidente interino…

“Si el Congreso no estuviere reunido, la Comisión Permanente lo convocará inmediatamente a sesiones extraordinarias para que se constituya en Colegio Electoral y nombre un presidente substituto siguiendo, en lo conducente, el mismo procedimiento que en el caso del presidente interino…

“En caso de haberse revocado el mandato del Presidente de la República, asumirá provisionalmente la titularidad del Poder Ejecutivo quien ocupe la presidencia del Congreso; dentro de los treinta días siguientes, el Congreso nombrará a quien concluirá el período constitucional.”

Artículo 85. “(…) Cuando el Presidente solicite licencia para separarse del cargo hasta por sesenta días naturales, una vez autorizada por el Congreso, el Secretario de Gobernación asumirá provisionalmente la titularidad del Poder Ejecutivo.

“Si la falta, de temporal se convierte en absoluta, se procederá como dispone el artículo anterior.”

Artículo 86. “El cargo de Presidente de la República sólo es renunciable por causa grave, que calificará el Congreso de la Unión, ante el que se presentará la renuncia.”

Artículo 88. “El Presidente de la República podrá ausentarse del territorio nacional hasta por siete días, informando previamente de los motivos de la ausencia a la Cámara de Senadores o a la Comisión Permanente en su caso, así como de los resultados de las gestiones realizadas. En ausencias mayores a siete días, se requerirá permiso de la Cámara de Senadores o de la Comisión Permanente.”

¿Quién se llevaría la rifa del tigre?

En términos estrictos y apegados a lo que marca la Constitución en lo que dictan las leyes, lo estrictamente escrito, la responsabilidad recaería en la Secretaría de Gobernación, en este momento encabezada por la ex magistrada Olga Sánchez Cordero. Ello, sólo y sólo sí, se diera una especie de renuncia, temporal o definitiva. Y cuando se tratase de una ausencia mayor a siete días, tendría que solicitar permiso ante la cámara de senadores o la comisión permanente. Otro sería el escenario.

Lo que no está escrito, está permitido.

En todo el texto constitucional, no se encuentra en forma explícita “continuar en funciones a distancia, sin presencia física, o retirarse por causa de una enfermedad que los postre en un hospital o lo mantenga en cuarentena, pero continuar en funciones”.

Este sólo hecho, abre un interesante debate jurídico, en la forma hipotética en que habría que plantearse la solución.

De ahí, que el único referente del ejercicio del poder a distancia, en momentos de confinamiento a un mandatario, se obtenga de la experiencia inglesa, que nombró a su secretario de Relaciones Exteriores y lo designó para “que esté al frente del gobierno, donde se necesite y lo requiera”.

La llana y simple redacción de este párrafo, tuvo una vigencia efectiva durante el confinamiento del primer ministro Boris Johnson, quien tuvo un ingreso al hospital en estado grave, del cual, se repuso después de cubrir rigurosamente la cuarentena.

4043e

Ebrard, la pieza clave, en tiempos de coronavirus

No sólo por la confianza, también por su eficiencia en la representación internacional, el papel desempeñado en esta gestión, y ser el interlocutor ante el gobierno de los Estados Unidos y el resto del planeta. Por su papel en la conclusión del nuevo Tratado de Libre Comercio, TEMEC, y el instrumentador del plan antiinmigrante, con alcances de ayuda económica y ahora recientemente, como el principal negociador del suministro de equipo e instrumental médico a nivel internacional, Marcelo Ebrard, Secretario de Relaciones Exteriores, es la mejor pieza para entrar al escenario, en un plan hipotético de ausencia a distancia del primer mandatario por el fenómeno de la pandemia.

Una carta presidencial, de designación temporal con funciones específicas por un tiempo delimitado, es de tomarse en cuenta bajo las nuevas circunstancias para continuar con el quehacer republicano en medio de una situación de emergencia.

En la política mexicana, es recurrente revisar la historia, para comparar el actuar de una realidad determinada, en otro contexto. Así, la Constitución Mexicana, registra, el 24 de abril de 1896 —cuando la presidencia tenía una duración de cuatro años— que, a falta absoluta o renuncia del presidente, del poder Ejecutivo, se encargará el Secretario de Relaciones Exteriores.

Este también sería un escenario posible.

Hasta aquí, el ensayo periodístico, con visión prospectiva, en los nuevos tiempos y contextos distintos del covid-19.



More articles by this author

EL PRESIDENTE LÓPEZ OBRADOR, POSITIVO A COVID-19EL PRESIDENTE LÓPEZ OBRADOR, POSITIVO A COVID-19
  EL PRESIDENTE LÓPEZ OBRADOR, POSITIVO A COVID-19 Juan Bautista Confinado en Palacio...
UN NUEVO PARADIGMA,CONVIVIR CON EL COVID-19UN NUEVO PARADIGMA,CONVIVIR CON EL COVID-19
  UN NUEVO PARADIGMA,CONVIVIR CON EL COVID-19 Juan Bautista Regresar a otra realidad,...
 

Compartir

 

¿Quién está en línea?

Tenemos 402 invitados conectado(s)

Noticias

273 Suplemento

Banner

454

Banner

453

Banner

452

Banner

451

Banner

450

Banner