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Edición 422
Escrito por Juan José Agustín Reyes Rodríguez   
Viernes, 05 de Noviembre de 2021 10:22

 42210

Década de la Restauración

de Ecosistemas, otra propuesta de la ONU

Juan José Agustín Reyes Rodríguez*

La Organización de la Naciones Unidas (ONU) ha venido emitiendo una serie de documentos, acuerdos, agendas, entre otros instrumentos, para lograr decisiones políticas, legales y técnicas de los miembros que la conforman.

El Consejo de Derechos Humanos de esa organización, en su cuadragésima octava sesión celebrada del 13 de septiembre al 8 de octubre del presente año, incluyó dentro del punto 3 de su agenda la promoción y protección de todos los derechos humanos, civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, incluyendo el derecho al desarrollo. Destaca en especial el derecho humano a un ambiente seguro, limpio, saludable y sostenible. Hubo la participación de 37 países, incluyendo a México, quienes formularon un borrador para consulta y aprobación por el resto de los países. Este documento se publicó el 5 de octubre.

Se hace una relatoría muy amplia de los diversos instrumentos, declaraciones, resoluciones y agendas, desde la Declaración Universal de Derechos Humanos, las Cumbres de la Tierra, desde la Cumbre de Río y otras referencias más sobre los derechos humanos, como los mencionados y destacando todos los aspectos que incluye los 17 objetivos de desarrollo sostenible o sustentable en sus tres dimensiones (social, económica y ambiental), así como la protección del ambiente y los ecosistemas.

Previamente, el 1 de marzo de 2019 la Asamblea General de la ONU adoptó la resolución 73/284 que declara la “Década de la Restauración de los Ecosistemas (2021-2030)”, por lo cual cinco organizaciones formularon una propuesta de diez “Principios para la Restauración de Ecosistemas para orientar la Década 2021-2030 de las Naciones Unidas”. Las organizaciones participantes fueron El Programa de las Naciones Unidas para el Ambiente (PNUA), la Organización de la Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (IUCN), la Comisión de Manejo de Ecosistemas (CEM) y la Sociedad para la Restauración Ecológica (SER).

A continuación, se presentan los diez principios y mis comentarios al respecto:

PRINCIPIO 1: La restauración de ecosistemas contribuye a objetivos del desarrollo sustentable y a los objetivos de las Convenciones de Río.” La restauración de ecosistemas contribuirá directamente en el cumplimiento de los 17 objetivos de desarrollo sostenible de la Agenda 2030 de las Naciones Unidas.

  • Los ecosistemas abarcan todos los elementos de la naturaleza y de la humanidad; son el espacio cotidiano de la vida en todas sus expresiones. La restauración de estos espacios, tanto terrestres como marinos y hasta aéreos son labores muy arduas, complejas y costosas, por lo que el enfoque sería más relevante si se previene y evita que siga la degradación de todos los ecosistemas.

PRINCIPIO 2: La restauración de ecosistemas promueve la gobernanza inclusiva y participativa, el bienestar social y la equidad, desde el principio y a través del proceso y sus resultados.” En este principio se destaca la participación de todos las personas o grupos que están subrepresentados como las comunidades indígenas, gente indigente, minorías étnicas, mujeres, jóvenes y los grupos llamados LGBTIQ. Estos grupos deberán contar con oportunidades equitativas e incluyentes.

  • Con los conceptos considerados en este principio se destaca la relevancia que deben tener estos grupos en un contexto general de la restauración humana como parte fundamental de los ecosistemas, que son la fuente de vida.

 

Es importante tomar conciencia del mundo que estamos deteriorando y cambiar a buenas prácticas como las que se proponen aquí.

PRINCIPIO 3: La restauración de ecosistemas incluye un continuo de actividades restauradoras”. Comprende un amplio rango de actividades colectivas o individuales orientadas a reparar ecosistemas degradados de toda clase. Las actividades de restauración deben tener como resultado una ganancia neta para la biodiversidad, salud e integridad de los ecosistemas, bienestar humano incluyendo la producción sustentable de bienes y servicios.

  • Las actividades esenciales que son parte de la restauración de ecosistemas deben llevar a mejores condiciones ambientales, humanas y económicas, es decir debe haber una mejor convivencia humana y con la naturaleza. Se deben considerar los aspectos productivos, principalmente lograr la soberanía alimentaria como parte de la soberanía nacional.

PRINCIPIO 4: La restauración de ecosistemas apunta a lograr el nivel más alto de recuperación de la biodiversidad, integridad y salud de los ecosistemas y el bienestar humano”. Esta restauración debe destacar, pero no ser sustituto de la conservación de la naturaleza, especialmente de áreas con una alta integridad ecológica y alto valor para asegurar la conectividad ecológica, así como otras áreas para conservación, incluyendo aquellas dentro de los territorios indígenas y comunidades tradicionales.

  • Este principio reconoce la íntima relación entre los recursos naturales con toda su diversidad, que debe reconocer aquellas áreas que todavía conservan su integridad natural y que deben seguir en buenas condiciones, reconociendo la importancia de estas áreas, cuyos valores ambientales deben permanecer, logrando contar con áreas prístinas y que permiten mantener los corredores biológicos, tan relevantes para la fauna cuyos hábitos son de gran movilidad. Muchos grupos humanos originarios han logrado esa conservación dentro de principios del “buen vivir”.

PRINCIPIO 5: La restauración de ecosistemas apunta las causas directas e indirectas de la degradación de ecosistemas”. Señala la importancia de identificar claramente las causas directas e indirectas de la degradación y fragmentación de ecosistemas, la pérdida de los bienes y servicios de los ecosistemas. Si no se atienden las causas de la degradación, entonces las actividades de restauración de ecosistemas pueden caerse en el largo plazo, por ello deben ejecutarse acciones que reduzcan y mitiguen esos impactos a una escala adecuada.

  • Ha habido innumerables programas de restauración forestal y de suelos, reforestación, agricultura de conservación y otros orientados a la recuperación de los ecosistemas, que se han realizado a lo largo del tiempo. Sin embargo, han sido programas y proyectos aislados, sin planearse de manera holística, lo cual no ha permitido obtener resultados más visibles y permanentes. Este principio debe ser uno de los más relevantes que los gobiernos deben adoptar y ejecutar, para contar con programas y proyectos con una visión integral que permita una restauración real y permanente de los ecosistemas.

PRINCIPIO 6: La restauración de ecosistemas incorpora todos los tipos de conocimiento y promueve su intercambio e integración a través del proceso.” Es relevante lo señalado en este principio que propone integrar todo tipo de conocimientos, incluyendo el conocimiento indígena, tradicional, local y conocimiento científico, y prácticas con el fin de alcanzar gran afinidad con la naturaleza, cooperación y efectividad.

  • Este principio reconoce la importancia del conocimiento tradicional de los pueblos, además de los conocimientos científicos, por lo que se enriquecen los saberes indígenas, ampliando así la base de la conexión entre el hombre y la naturaleza.

PRINCIPIO 7: La restauración de ecosistemas está basada en objetivos y metas ecológicos, culturales y socio-económicos bien definidos al corto, mediano y largo plazos”. Estos objetivos deben incluir enfoques e indicadores medibles, relacionados a la línea base de las condiciones originales y especificará la dirección y magnitud del cambio deseado, así como el tiempo esperado para su cumplimiento.

  • Desde luego que es de vital importancia tener objetivos y metas que sean medibles y se puedan comparar con los datos de la línea base para definir su efectividad y eficacia, lo cual permitirá reportar avances reales, medidos, entregados o en proceso. Los resultados de los diferentes trabajos de restauración de ecosistemas deben ser palpables y comprobables, por ello la necesidad de establecer parámetros que permitan evaluar antes, en proceso y después de cualquier acción tomada.

PRINCIPIO 8: La restauración de ecosistemas está diseñada en un contexto local, ecológico, cultural y socioeconómico, considerando el paisaje terrestre o el marino.” El proceso de planeación espacial facilitará el diseño de proyectos, programas e iniciativas en grandes paisajes terrestres o marinos o eco regiones a fin de maximizar una ganancia neta para la biodiversidad, salud e integridad de ecosistemas e integridad y bienestar humano, incluyendo la producción de bienes y servicios.

  • La planeación de la restauración de ecosistemas debe iniciar de una gran visión partiendo de eco-regiones o paisajes terrestres o marinos. Aquí introduciría el concepto de región hidrológica forestal, que es más comprensible a cualquier persona sin que requiera una preparación especializada, como sería el caso de definir un paisaje terrestre o marino. Las regiones hidrológicas-forestales a su vez están constituidas de una manera modular por las cuencas, subcuencas y microcuencas, lo cual permitiría la planeación desde grandes extensiones hasta las de algunas hectáreas.

PRINCIPIO 9: La restauración de ecosistemas incluye el monitoreo, evaluación y manejo adaptativo a través y más allá de la vida del proyecto o programa.” Para que el monitoreo sea efectivo debe comenzar desde el principio del proyecto, programa o iniciativa, permitiendo medidas de la línea base de un sitio relevante, con indicadores a nivel de paisaje terrestre o marino, para ser considerados, así como la evaluación de la dirección y magnitud del cambio en el tiempo. El monitoreo puede promover el aprendizaje social, la capacidad, el desarrollo y la comunicación entre los participantes de grupos y comunidades a escalas local, nacional y global.

  • Como cualquier programa o proyecto del que se espera un buen funcionamiento y lograr sus objetivos y metas, es importante partir de un diagnóstico o línea de base, para darle seguimiento desde su inicio con la finalidad de estar atentos a posibles desviaciones, retrasos o ajustes que deban hacerse para su cumplimiento. Por ello es conveniente establecer un sistema de monitoreo o seguimiento que permita detectar a tiempo y corregir, de ser el caso, posibles cambios no válidos. Esta acción es parte importante para la buena ejecución de los programas o proyectos o iniciativas de restauración.

PRINCIPIO 10: La restauración de ecosistemas está habilitada por políticas y medidas que promueven su progreso a largo plazo, fomentando su réplica y escalada hacia arriba.” Todos los instrumentos gubernamentales, leyes, reglamentos, políticas, estrategias y planes, deben ser mapeados, adaptados donde sea apropiado e integrados en la planeación e implantación de proyectos, programas e iniciativas, así como maximizar ganancias netas a largo plazo, de las actividades de restauración que se requieran.

  • Además de las acciones técnicas y prácticas que se realicen para la restauración de ecosistemas, debe darse un sustento legal y normativo, que permita contar con las bases jurídicas para definir políticas públicas en el orden federal, estatal y municipal.

Programas, agendas

Esta breve descripción de los principios para la restauración de los ecosistemas requieren su revisión, adecuación y adopción, de una manera conjunta, dentro del país, en cada estado, municipio y comunidad para contar con estos instrumentos, que sean una realidad y no queden como las innumerables iniciativas, convenios, programas, agendas y demás instrumentos que ha lanzado la Organización de la Naciones Unidas, pero que han quedado en bonitos y profusos documentos que no son adoptados por los pueblos. Es importante tomar conciencia del mundo que estamos deteriorando y cambiar a buenas prácticas como las que se proponen.

 

*Ingeniero Agrónomo Especialista en Bosques, Escuela Nacional de Agricultura Chapingo, Texcoco, México; Maestro en Ciencias y Candidato a Doctor en Recursos Naturales, Universidad de Michigan, Ann Arbor; Consultor en Recursos Naturales, Ambiente y Desarrollo.

 



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