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Edición 373
Escrito por Mouris Salloum George   
Jueves, 28 de Junio de 2018 20:07

 3731

VOCES DEL DIRECTOR

Mouris Salloum George

No le echemos más gasolina al fuego

NO SÓLO EN TEMPORADA ELECTORAL, sino en el más elemental ejercicio ciudadano del día a día, el concepto-precepto  más invocado, es el de democracia.

Subrayamos precepto, y no simple término, dado que democracia es un imperativo doctrinario que rige toda la vida pública en cualquier Estado que se precie de respetar las libertades civiles y los derechos políticos.

En México, nuestra Constitución, desde su artículo Tercero, referido a la Educación, impone la observancia universal del principio democrático, que se potencia en el Capítulo Primero -sobre la soberanía nacional y forma de gobierno: “Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República (…) democrática”.

Lo que sucede aquí es que, en el modelo político de “democracia representativa” -mal entendido, dicho sea de paso-, el legislador y los ejecutores de la Ley reducen el contenido de la Carta fundamental a meros enunciados, eludiendo lo que en realidad son: Mandatos.

Huelga denunciar que, en eso que se llama democracia representativa - en la que el poder político se delega al través del sufragio electoral-, sus depositarios y usufructuarios sólo se representan a sí mismos.

El ciudadano votante, simple agente de uso

Por obvias razones, este tema tiene en su centro de gravedad la sucesión presidencial, regulada por el Derecho electoral. Es extensivo, sin embargo, a otros mandatos constitucionales en materia de Derecho a la Información y a la Libertad de Expresión.

Coloquémonos en un primer cuadrante: Agencias multinacionales que velan por los Derechos del Hombre -de las que México es Estado parte-, en frecuentes estudios sobre la democracia en América Latina deploran que, después de cada proceso electoral, el ciudadano votante sea convertido en mera abstracción. Esto es, pierde toda contraloría política y social directa sobre los gobernantes electos.

El segundo cuadrante nos pone frente a una descomunal aberración: La propia autoridad electoral ha declarado que la boleta electoral, una vez pasada por los procedimientos administrativos, carece de cualquier relevancia jurídica o fáctica. Es decir, no es materia de prueba de nada.

Ese obtuso criterio lo asumió el viejo Instituto Federal Electoral al resolver una solicitud ciudadana de acceso a los paquetes electorales de 2006, que  fue denegado.

Curiosamente, los consejeros se atrincheraron en algunas leyes alemanas para argumentar que esa prerrogativa es atentatoria contra el interés de las instituciones y de la propia Constitución (pacto rector de la autoridad estatal y tutor de los Poderes de la Unión, se le llamó.)

Para desarmar ese “argumento”, un jurista mexicano les recordó a los consejeros que, si de Alemania se trata, la Corte Constitucional tiene jurisprudencia en el sentido de que, siendo el proceso electoral un acto de naturaleza pública y en aras de la confianza social, es necesario que toda la información correspondiente sea expuesta a los interesados en conocerla. 

Tiran la tina de agua sucia con todo y niño

Los consejeros electorales, que se escudaron entonces en la Constitución, pasaron por alto que la propia Ley de Leyes dicta que “toda persona tiene derecho al libre acceso a la información plural y oportuna” y este derecho será garantizado por el Estado. Por si faltara, el supremo ordenamiento subraya la máxima publicidad a esa información.

Transitemos en otra vertiente: La de procuración de justicia. Está vivo el expediente de transgresiones trasnacionales al régimen electoral mexicano, cuando un donante extranjero trasegó financiamiento a la campaña presidencial del PRI en 2012.

Por estar involucrados en esa investigación prominentes agentes del Estado, la PGR ha invocado el principio de secrecía, por cuya violación fue cesado el fiscal especial que llevaba el caso.

Contrario sensu, la propia PGR ha filtrado reincidentemente información maliciosa con la que se ha pretendido afectar a un candidato presidencial de oposición.

Dos pesas y dos medidas: Si ciertos actores electorales violentan la normatividad, los árbitros los arropan bajo el supuesto del nuevo modelo de comunicación política y el derecho a la Libertad de Expresión.

Si ese derecho pretende ejercerlo un actor inconveniente, sus mensajes son retirados del aire, so pena de pasar por las horcas caudinas de la penalización económica.

Más poder al Estado; menos al ciudadano

En el caso comentado líneas antes -la negación de acceso ciudadano a las boletas electorales-, los consejeros se aferraron en su defensa del interés nacional,por no decir del interés estatal, lo que nos remite a otra denuncia de constitucionalistas mexicanos: Cada vez se da más poder al Estado, en detrimento del interés ciudadano.

Nos ha parecido pertinente enfocar estas líneas al asunto de la democracia y las elecciones, porque la pugnacidad en las campañas presidenciales advierte un escenario de conflictividad, que necesariamente desembocará en la instancia jurisdiccional. 

Tentación de pedir la nulidad de la elección presidencial

No deseamos especular sobre las reacciones que generarán los resultados de la elección presidencial. Ha creado estado, sin embargo, la especie de que algunos partidos -naturalmente los de expectativas decrecientes- ponderan la posibilidad de recurrir al Tribunal Electoral federal para interponer el recurso de nulidad.

Ese es un derecho legislado en favor preferentemente de los partidos, y tiene antecedentes de ejecución mediante la figura de nulidad abstracta.

En las elecciones presidenciales de 2006, se solicitó a los magistrados actuar en ese sentido con base en múltiples transgresiones al régimen electoral documentadas o sujetas a dudas razonables. Por esta segunda deficiencia, el Tribunal negó el ejercicio de suplencia en el acopio de pruebas y dictó sentencia adversa al demandante.

En la perspectiva actual, potencialmente serían otros actores los litigantes. Eventualmente, partidos que ejercerían el derecho de pataleo en el caso de los resultados de las votaciones para el Congreso de la Unión, gubernaturas y legislaturas estatales, de los que dependen -si no la conservación del registro legal- la base de su reconstrucción y su continuidad en la competencia política frente a la perspectiva de un partido abrumadoramente dominante, como lo fue el PRI en su época de vino y rosas.

Habida cuenta que los consejeros y magistrados electorales -como otros togados judiciales de mayor jerarquía-, suelen poner por encima el interés del Estado sobre cualquier otro interés, se cae en el riesgo de que, desde la majestad de las propias instituciones, se produzcan actos de autoridad que inciten indeseables reacciones de rebeldía.

Estas consideraciones editoriales no se quedan en los territorios de la imaginaria. El expediente recorrido desde septiembre de 2017, documenta numerosos y repetidos eventos de violencia política, ante la cual el Estado ha exhibido su impotencia.

En estricto rigor, el Poder Legislativo no tiene vela en ese entierro. La Legislatura federal está por cerrar su ejercicio en agosto y sus omisiones y comisiones son ya a estas alturas irreparables. El Ejecutivo no ha dado pruebas de voluntad política para al menos mitigar el fenómeno de barbarie.

El último recurso queda en manos del Poder Judicial de la Federación, en cuya estructura actúa el Tribunal Electoral federal.

Si la racionalidad jurídica, y dicho con todas sus letras, política, no se impone -después de todo la Corte ha demandado reconocimiento de paridad respecto de los otros dos Poderes de la Unión-, estamos en peligro de caer en el peor de los mundos posible. ¿A qué echarle más gasolina al fuego?

 



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