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Edición 415
Escrito por Juan José Agustín Reyes Rodríguez   
Lunes, 05 de Abril de 2021 14:32

 41510

 

Ordenamiento ecológico del territorio:

¡Al fin por cuencas

hidrológicas!

Juan José Agustín Reyes Rodríguez

Cambios en la política ambiental, la planeación del desarrollo urbano, la vivienda y aquellos en materia de asentamientos humanos

 

MARZO SE CARACTERIZÓ por una intensa actividad legislativa, asociada a diversos temas de la vida nacional, en términos de seguridad, procuración de justicia, electricidad y otros relevantes que desataron controversias jurídicas, sociales y políticas, al haber por parte de la Cuarta Transformación (4T) una estrategia de cambios profundos para revertir el entramado legal que se tejió desde el periodo de Salinas de Gortari, en 1988 y siguió hasta el periodo de Peña Nieto, en 2018, y por otro lado la férrea oposición a esos cambios, de los diversos actores políticos, empresariales, de los medios de desinformación y parte del propio Poder Judicial principalmente.

Aún con ese ambiente ríspido que se ha tenido desde que inició el presente gobierno federal, algo que logró sumar esfuerzos y visiones fueron las reformas y adiciones a diversas disposiciones a la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (LGEEPA) y a la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS), que fueron aprobadas prácticamente por consenso de los legisladores presentes el pasado 18 de marzo del presente año, turnadas al Senado para su ratificación.

La Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, de la Cámara de Diputados, trabajó en la reforma y adición de diversas disposiciones a la LGEEPA como: 1) El ordenamiento ecológico del territorio y protección de cuencas hidrológicas (MORENA); 2) Adiciona una fracción al artículo 23 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, y establece que para contribuir al logro de los objetivos de la política ambiental, la planeación del desarrollo urbano, la vivienda y aquellos en materia de asentamientos humanos (PAN); 3) Garantizar la participación abierta e inclusiva de la sociedad en la planeación, ejecución, evaluación y vigilancia de la política ambiental, así como facilitar a la ciudadanía el acceso a la información en materia ambiental (MORENA); 4) Establecer que las autoridades de los tres órdenes de gobiernos destinen espacios físicos dentro de los centros de población, dedicados al establecimiento de huertos urbanos y ecotécnicas (PAN); 5) Propicie el desarrollo sustentable y establezca las bases para la protección del suelo, el agua y los demás recursos naturales, de manera que sean compatibles la obtención de beneficios económicos y las actividades de la sociedad con la preservación de los ecosistemas; 6) Establecer que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales otorgue reconocimientos a esfuerzos realizados por la sociedad para el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales (PES); 7) Reconocer los derechos de las comunidades indígenas, afromexicanas, así como fomentar mecanismos de manejo y protección de los ecosistemas forestales de conformidad a sus prácticas y perspectivas, salvaguardando el conocimiento de las mismas, respetando sus derechos de consulta libre, previa e informada y su derecho de conocimiento fundamentado previo, según corresponda; 8) Agregar las siguientes definiciones para efectos de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable Acahual; Árbol; Arbusto; Sistema Nacional de Gestión Forestal; y Vegetación Forestal de Zonas Áridas. (MORENA); 9) Reforman los artículos 2 y 7 de la Ley General de Cambio Climático, garantizar el derecho a un medio ambiente sano e inclusivo, y el establecimiento de políticas públicas con perspectiva de género para la adaptación al cambio climático (MORENA).

Propuesta para SEMARNAT: que tome como proyecto inicial ordenar la Cuenca de México

Desarrollo ordenado de los recursos naturales

Es encomiable que esta Comisión haya trabajado en estos temas importantes, que, a pesar de ser reiterativos en algunos casos, de otras disposiciones jurídicas, se logró un consenso importante.

En esta ocasión destacaremos uno de los asuntos que considero de mayor relevancia para el desarrollo ordenado del país, que es dejar establecido que el ordenamiento ecológico del territorio deberá hacerse por cuencas hidrológicas. En la fundamentación que hacen los responsables de esta propuesta señalan entre otros aspectos que:

Las cuencas hidrológicas que son vitales tanto para mantener el ciclo del agua como para el bienestar de toda la población. Del mismo modo, la conservación de los acuíferos permite una mejor gestión y planeación del aprovechamiento del agua. El presente dictamen dispone que las cuencas hidrológicas y los acuíferos ahora formarán parte de los criterios para la formulación del ordenamiento ecológico del territorio”

El ordenamiento ecológico del territorio es el instrumento de política ambiental que permite la regulación del uso del suelo y de las actividades productivas”

En los ordenamientos ecológicos de competencia local, se establecerán los límites geográficos para la expansión urbana y será la base para planear el crecimiento de los centros de población”

Será la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales, la encargada de promover el proceso de consulta previa, libre e informada y la participación de comunidades indígenas y afromexicanas a propietarios y poseedores de la tierra en la observancia, revisión y modificación de los ordenamientos ecológicos”

Estos conceptos no son nuevos, puesto que, desde la Ley Forestal de 1986, se establecieron los principios de la ordenación de los ecosistemas por Regiones y Cuencas Hidrológico-Forestales, y considerar a las cuencas como las unidades básicas de planeación, manejo y desarrollo, en vista de ser sistemas modulares, en donde se pueden medir los insumos, los procesos y los productos.

Las reformas en comento se limitan solamente a la importancia del agua, en su regulación y los acuíferos, lo cual es importante. Sin embargo, no consideran, como debería ser la relevancia que tienen los recursos forestales, que, aunque sean materia de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, que tiene una visión de Cuenca, desde siempre, debería considerarse desde el punto de vista de su importancia y su función como parte importante del ciclo del agua, al ser esa cobertura verde la que permite la infiltración a los mantos acuíferos, reducción de la velocidad de la escorrentía y proveedor de fuentes de agua. La planeación del desarrollo y ordenamiento ecológico territorial deberá considerar la función de los bosques, selvas, semidesiertos, humedales, acahuales y demás vegetación forestal que se encuentra vistiendo la superficie de las cuencas.

Otro aspecto fundamental que confío que estas reformas a la LGEEPA, tengan atención y sobre todo aplicación, es conciliar los diferentes y variados planes y programas de desarrollo urbano, federal, estatales y municipales, que han predominado con una visión de planchas de concreto y sin respeto a las áreas forestales y agrícolas, porque solamente programan sus crecimientos urbanos en cualquier espacio disponible a costa de la pérdida de suelo, agua, vegetación, fauna, paisaje y calidad del ambiente. Hacen un crecimiento urbano muy planificado, con la visión de establecer, usos destinos y reservas, pero reservas de concreto, no de espacios verdes. Los fuertes intereses de inmobiliarias y gobiernos estatales y municipales que tienen para seguir aumentando la mancha de cemento, será uno de los retos a vencer, si en realidad se quiere hacer realidad esta reforma.

Planes territoriales

El ordenamiento ecológico del territorio nacional también deberá ser acatado por la Secretaría de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano, cuya visión ha sido reordenar el crecimiento urbano, redensificando la vivienda en los espacios urbanos ya establecidos, pero irse sobre espacios abiertos que son tierras agrícolas, ganaderas o forestales, con sus planes operativos territoriales, como sucede en el Valle de México.

En este contexto de ordenación territorial por cuencas hidrológicas-forestales, es fundamental considerar la descentralización de las metrópolis, hacia espacios fuera de las cuencas en donde se encuentran. Un ejemplo clásico es la zona metropolitana del Valle de México, que lejos de descentralizarla, está creciendo como un alud de nieve, al destinarse mayores inversiones en servicios, vivienda, educación, administración pública, industria, comercio, infraestructura urbana y vial, cultura, deporte y prácticamente todas las actividades humanas.

Por ejemplo, el Nuevo Aeropuerto Internacional de México que se estaba construyendo en el lago de Texcoco y que afortunadamente se canceló, era un gran centro de concentración de actividades comerciales, industriales, turísticas que iba acelerar el crecimiento anárquico que ya existe en este Valle de México. Sin embargo, no se tomó la decisión de regresar las funciones hidrológicas forestales del lago y su cuenca, sino se está construyendo un Parque Ecológico (sic) Lago de Texcoco (PELT) que sigue teniendo una visión de concreto y mayor atracción de gente, que demandará servicios de agua, drenaje, luz, seguridad y tránsito, entre otros, y que será un atractivo más para que siga el crecimiento anárquico que se está dando en esta región.

La LGEEPA tiene, con estas reformas y adiciones, un instrumento más, que, asociado a la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, puede contar con los instrumentos jurídicos parea un verdadero ordenamiento ecológico de las regiones y cuencas hidrológico-forestales del país. Le propongo a la SEMARNAT que tome como proyecto inicial ordenar la Cuenca de México, en donde hay muchos estudios que facilitarían su implantación y detener el desorden con el que está creciendo.



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