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Edición 297

PAPELES AL VIENTO
ABRAHAM GARCÍA IBARRA

(Exclusivo para Voces del Periodista)


Régimen electoral:

Costos y beneficios

ASI ES DE APETITOSO EL HUESO: Una legión de 174 roedores se inscribió para pugnar por quince sillones de las cinco salas regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Trife). Al fumigar la lista, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación eliminaron a 114 aspirantes. Sesenta pasaron a la segunda vuelta; de éstos, el Senado seleccionará a los quince afortunados.

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EL TEMA ILUSTRA LA INCESANTE rebatiña que se da en los institutos, consejos y tribunales estatales y federales, y en los órganos legislativos facultados para la designación de consejeros y magistrados electorales. Es cosa de observar los casos de inconformidad de los rechazados que llegan al Trife, cuyos abnegados y probos integrantes asumen para su resolución cargas adicionales a los miles de impugnaciones que se presentan contra resultados y dictámenes de elecciones constitucionales en cada escala de los procesos respectivos.

El crimen sí paga

Resulta harto aleccionador seguir la agenda diaria del Canal Judicial (PJF), que incorpora a su programación las sesiones en vivo del Trife, pero, sobre todo, la barra en la que se analizan las sentencias dictadas por ese tribunal, en la que participan personajes duchos en el dominio del Derecho electoral comparado, o específicamente del régimen electoral mexicano.

Hace unos días, seguimos el examen de un expediente de impugnación derivado de los resultados de las elecciones federales de 2012, referido a la campaña de candidatos del Partido Acción Nacional (PAN) al Congreso federal, por el estado de Sonora, acusados de transgredir el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Federales y ordenamientos específicos del Instituto Federal Electoral en materia de propaganda.

Dichos candidatos fueron favorecidos -violando el principio de equidad- con la publicidad de una empresa privada de medios que, so capa de promover sus servicios, ilustró algunos espectaculares con los retratos y los nombres de aspirantes panistas. Éstos y su partido alegaron mañosamente que ellos no contrataron esos comerciales y, por tanto, no estaban en aptitud de pedir su suspensión.

La conclusión de uno de los irritados panelistas en el análisis de la sentencia -condenatoria- de ese expediente, no tiene desperdicio. El método es, por simple, cínico: Es cuestión de costo y beneficio. A cambio de pagar una multa, pongamos por caso, de un millón de pesos, al partido le fueron reconocidas cuatro representaciones: tres en la Cámara de Diputados y una en el Senado. ¿Cuánto es lo que se embuchacarán esos legisladores en los tres y seis años de dietas y otras prebendas, además de la eventualidad de que, de las curules o el escaño, salten a otro encargo público? Hasta la pregunta es necia.

Cuestión de “pedagogía electoral”

Otro caso, es el referido, en otra emisión del Canal Judicial, a la impugnación presentada por el PAN contra los resultados finales de la elección de gobernador en Yucatán, que favorecieron al candidato del PRI. La Sala Superior del Trife ratificó los dictámenes previos aprobados por las instancias estatales.

Entre los analistas de esa sentencia, hubo uno que puso el dedo en una llaga poco diagnosticada: Las deficiencias o franca omisión del Tribunal federal, en lo que denominó pedagogía electoral. Esto es, la poca atención a la difusión del imperativo jurídico en esa materia, al que deben ceñirse escrupulosamente partidos y candidatos, si tuvieran escrúpulos.

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De lo que se nos estaba hablando, es del desenfrenado e impune abuso del recurso de impugnación electoral, no necesariamente por ignorancia de los promoventes, sino por dolo manifiesto, tratando de sorprender a los tribunales, a sabiendas de que sus alegatos son notoriamente infundados. (El asunto se asemeja, para otros efectos, al desmesurado uso del recurso de amparo. Pero esto es otra historia.)

Incitación al harakiri

En última lectura, nos parece que sugerir a los magistrados un esfuerzo de pedagogía electoral, es como pedirle peras al olmo. El pedagogo -instructor o educador de niños por antonomasia- debe acreditar determinadas prendas morales y éticas, y en estas asignaturas los magistrados no rechinan precisamente de limpios, según fama pública.

Esperar que en una enésima Reforma electoral los legisladores precisen límites al ejercicio de determinados derechos, facultades o prerrogativas de los partidos o candidatos, es como incitar a que se hagan el harakiri. Ni locos que estuvieran. Tan bien que les va con las ambigüedades anarquizantes.



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