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Edición 358
Escrito por Nicolás Cruz Flores   
Lunes, 05 de Junio de 2017 11:16

36mini

En México, el periodismo se ha vuelto una actividad mortal para quienes la ejercen, esto se debe a la falta de voluntad política para acabar con la impunidad y corrupción que prevalece en nuestro país, y ante la mirada internacional se vea inmerso en una crisis de Libertad de Expresión.

Durante la administración del presidente Enrique Peña Nieto, más de 30 periodistas han sido asesinados y en lo que va del año, seis periodistas han perdido la vida, ellos son: Miroslava Breach Velducea en Chihuahua, Liberto Alvares en Morelos, Ricardo Monlui Cabrera en Morelos, Cecilio Pineda Brito en Guerrero, Maximino Rodríguez en Baja California Sur y Jesús Javier Valdez Cárdenas, en Culiacán, Sinaloa, sin olvidar la agresión que sufrió Sonia Córdova, Subdirectora Comercial del Semanario “El Costeño” propiedad de su esposo, atentado ocurrido en Autlán, Jalisco, en el que murió Jonathan Rodríguez Córdova, hijo de Sonia. A la fecha no hay ningún homicida detenido.

 

¿Y la fiscalía?

¿Dónde está la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos cometidos contra de la Libertad de Expresión? Ese monstruo burocrático creado por Acuerdo Número A/145/2010, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 5 de julio de 2010, cuyo antecedente data de 2006.

El día 30 de noviembre de 2016, a invitación que se hiciera al Club de Periodistas de México, A. C., acudí a la Cámara de Diputados, estando presentes el Diputado Virgilio Dante Caballero Pedraza del Partido Morena, la Diputada Lía Limón García, el Diputado César Alejandro Domínguez, la Diputada María Eloísa Talavera Hernández, el Licenciado Ricardo Nájera Herrera, Fiscal Especial para la Atención de Delitos Cometidos contra la Libertad de Expresión, Judith Sánchez Reyes, cofundadora de la Academia Nacional de Periodistas de Radio y Televisión, el Maestro Luis Velázquez, de la Asociación Periodismo Nación Mx, el Maestro Alan García de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas, el Diputado Joaquín Jesús Díaz Mena, David Aponte, Subdirector General Editorial de El Universal, el Dr. Édgar Corzo Sosa, Titular de la Quinta Visitaduría de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, la Licenciada Balbina Flores Martínez, en representación de la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México, en donde se llevó a cabo la Instalación de la Comisión Especial de Seguimiento a las Agresiones a Periodistas y Medios de Comunicación (Gaceta Parlamentaria, año XX, número 4687, viernes 23 de diciembre de 2016 Ver http://gaceta.diputados.gob.mx/Gaceta/63/2016/dic/20161223.html#Acta1) ahí se expuso MI PROPUESTA de reforma al actual artículo 73, fracción XXI, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que dice:

“Las autoridades federales podrán conocer de los delitos del fuero común, cuando éstos tengan conexidad con delitos federales o delitos contra periodistas, personas o instalaciones que afecten, limiten o menoscaben el derecho a la información o las libertades de expresión o imprenta.”

De la lectura del texto constitucional se desprende que el legislador permanente confirió de manera potestativa a la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos cometidos contra de la Libertad de Expresión (FEADLE) la facultad para conocer de los delitos del fuero común cuando tengan conexidad con delitos federales o delitos contra periodistas, personas o instalaciones que afectan, limiten o menoscaben el derecho a la información o a las libertades de expresión o imprenta, sin embargo, esta facultad al ser potestativa la Fiscalía tiene la opción – más no el deber– de decidir entre atraer o no las investigaciones respecto a delitos cometidos contra periodistas o defensores de derechos humanos, lo que ha generado que el 97.7 % de los delitos cometidos contra Periodistas estén impunes.

 

Sin caprichos

La propuesta que hace el que escribe el presente artículo al presidente Enrique Peña Nieto, consiste en que el Congreso de la Unión sustituya la palabra podrá por deberá del párrafo segundo de la fracción XXI, del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, reforma que en gran medida impedirá que la Fiscalía Especial para la Atención de los Delitos Cometidos contra la Libertad de Expresión, ejerza de manera caprichosa y arbitraria la facultad de atracción.

Reforma Constitucional que de manera ineludible debía realizarse a los artículos 10 del Código Federal de Procedimientos Penales; Quinto del acuerdo A/145/2010 y el actual numeral 21 del Código Nacional de Procedimientos Penales, ya que se pronuncian en términos similares que el párrafo segundo de la fracción XXI, del artículo 73 de la Constitución Federal (Voces del Periodista, Edición 351. Nov/2016; Ver https://goo.gl/mi9vSq).

Debo señalar que el día 15 de junio de 2015, propuse al diputado Virgilio Dante Caballero Pedraza, la creación de una Ley Federal de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, que proteja no nada más a los nacionales sino también a los extranjeros (Ver en http://vocesdelperiodista.mx/nacional/defensa-de-los-derechos-de-los-periodistas-ante-el-congreso-de-la-union/).

Una ley que contemple que el periodista no pueda revelar sus fuentes, a menos que exista su consentimiento. Una ley que sea de interés general e instituya la no colegiación obligatoria de los periodistas porque implica negar el derecho fundamental a la Libertad de Expresión y de Información, además de ser incompatible con el artículo 13 de la Convención Americana sobre derechos humanos.

 

Sin restricciones

En un país democrático y de derecho como es México, la labor del periodismo no debe estar sujeta a ninguna autorización legal. El periodista es la persona que ejerce su derecho humano a la Libertad de Expresión y de Información, hace de estos derechos fundamentales su actividad principal de manera permanente que no necesariamente debe estar remunerada, tener un título y cédula en esta profesión, mucho menos pertenecer o estar registrado en un gremio de periodistas.

Al periodista no se le puede exigir o imponer la colegiación como ocurre en otras profesiones porque se infringen los derechos fundamentales de Libertad de Expresión y de Información, consagrados en los artículos 6º y 7º de nuestra Carta Magna, Colegiación que en la mayoría de las veces en nada ayuda y si resulta un gran negocio para quienes las establecen en otras disciplinas (Voces del Periodista, Edición 350. Oct/2016; Ver https://goo.gl/7cMMN0).

Concluyo diciendo que me congratulo que las ideas de reforma que he planteado estén siendo retomadas por la Comisión Especial de Seguimiento a las Agresiones a Periodistas y Medios de Comunicación, presidida por su Presidenta Licenciada Brenda Velázquez Valdez, del Partido Acción Nacional, quien ya planteó una iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley General de Protección a Periodistas, se reforma diversas disposiciones de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República y del Código Nacional de Procedimientos Penales.

Proyecto de decreto que está plasmado en la Gaceta Parlamentaria, año XX, número 4753, martes 4 de abril de 2017 (http://gaceta.diputados.gob.mx/Gaceta/63/2017/abr/20170404.html).



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