LEX JURIDICAS
Ulpiano, jurista romano, de origen fenicio, definía a la justicia como “dar a cada quien lo suyo.” Aristóteles, Platón y Cicerón, también explicaron impecablemente la justicia, pero la más conocida fórmula de justicia se debe a Ulpiano, cuyo nombre completo era Domiciano Ulpiano.
Justicia, anhelo universal
Lic. Nicolás Cruz Flores
“Hay anhelos que son universales como es la justicia. Sin justicia no hay libertad y sin libertad, no existe un Estado democrático y de derecho.”
Nicolás Cruz Flores
Pedir justicia
JUSTICIA ES LA QUE PIDE el empresario Roberto González, quién en enero de 2017, ante la presencia de su menor hijo y a las afueras de su domicilio en Playa del Carmen, Quintana Roo, fue brutalmente agredido por quienes en un tiempo fueron sus vecinos, golpiza que le causó lesiones en la columna vertebral que al día de hoy lo mantienen parapléjico.
HA PASADO UN AÑO y siete meses desde que tuvo lugar el atentado en contra del señor Roberto González y los culpables siguen libres. Rosalía Andrade, esposa de Don Roberto González, ha declarado ante los medios de comunicación el haber solicitado audiencia con el Fiscal General del Estado de Quintana Roo, y no ha sido escuchada, lo que la ha motivado junto con su familia, a trasladarse a la Ciudad de México, para pedir al presidente electo Andrés Manuel López Obrador, se haga justicia para que los hechos no queden impunes y los responsables sean castigados.
Los actos y omisiones del personal ministerial y del Titular de la Fiscalía General en Quintana Roo, son hechos victimizantes que dañan y ponen en peligro los derechos humanos del señor Roberto González y familia, al negárseles la protección del Estado, respecto a una pronta, expedita y honesta procuración de justicia, incluido el bienestar físico, psicológico y la seguridad de su entorno con respeto a su dignidad de víctimas, es decir, a una reparación integral a que tienen derecho.
La reforma constitucional de 18 de junio de 2008, que implementó el sistema acusatorio y oral en materia penal, no ha impedido que los Agentes del Ministerio Público, sigan haciendo dilación en la etapa de la investigación inicial por no contar con un plazo para su conclusión–salvo la prescripción de la acción penal– con la consecuencia de que la impunidad siga prevaleciendo a este nivel como imperaba en el anterior sistema inquisitivo, haciendo nulo el objetivo de abatir el rezago de expedientes y poner fin a volúmenes de archivos, evitando así, vulnerar los derechos fundamentales de las víctimas e incluso del propio imputado, en la interminable espera de la procuración e impartición de justicia.
Abandono de la denuncia
SIGUE prevaleciendo la imagen de un Estado impotente e ineficaz, al seguir imperando la descortesía hacia las víctimas por parte del personal del Ministerio Público, por su negligencia y falta de profesionalismo en la mayoría de ellos, transgrediéndose los principios de legalidad, honradez, lealtad, profesionalismo, imparcialidad, eficiencia y eficacia que deben observa en el desempeño de sus funciones, desatención que hace que el gobernado se desilusione y abandone la cultura de la denuncia.
El fijar a la etapa de investigación inicial (Art. 211 CNPP) un término para su agotamiento, permitirá poner fin a la impunidad que al día de hoy sigue imperando en este periodo del procedimiento penal –arbitrariedad heredada del sistema inquisitivo– que facilita que el Ministerio Público goce de un excesivo lapso para su conclusión.
En consecuencia, es necesario establecer un término para la conclusión del periodo de la investigación inicial, lo que despresurizará el rezago de expedientes y que traerá aparejado ahorro de esfuerzo, tiempo y dinero para el Estado; lo más importante, el respeto pleno de los derechos humanos de las víctimas y ofendidos, como también de los imputados, solo así se logrará una procuración de justicia pronta y expedita que la sociedad clama y quiere verla cristalizada en el actuar de las Fiscalías Generales del país.
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