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Edición 382
Escrito por Lic. Nicolás Cruz Flores   
Lunes, 01 de Abril de 2019 20:28

 3824

LEXJURIDICAS

El derecho fundamental

al agua

en México

Lic. Nicolás Cruz Flores

EL COMITÉ de Derechos Económicos Sociales y Culturales (Comité DESC), es el órgano facultado por la ONU para vigilar la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales (PIDESC), ratificado por el Estado Mexicano el 18 de diciembre de 1980, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de mayo de 1981, y vigente al día 23 de marzo de 1981.

A TRAVÉS de este tratado internacional, México voluntariamente se obligó a enfrentar numerosos desafíos para garantizar el derecho humano al agua potable y saneamiento a toda la población para alcanzar un nivel de vida adecuado.

El Comité de Derechos Económicos Sociales y Culturales ha determinado que: "El derecho humano al agua es el derecho de todos a disponer de agua suficiente, salubre, aceptable, accesible y asequible para el uso personal y doméstico".

El artículo 4º, párrafo sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dispone: “Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible.

EL ESTADO GARANTIZARÁeste derecho y la ley definirá las bases, apoyos y modalidades para el acceso y uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, estableciendo la participación de la Federación, las entidades federativas y los municipios, así como la participación de la ciudadanía para la consecución de dichos fines.

El derecho humano al agua potable y saneamiento no ha sido debidamente comprendido por las autoridades en el Municipio de Temixco, Morelos, pues han permitido que un grupo de personas que se hace llamar X CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN en el Fraccionamiento Granjas Mérida, lucren, corten el servicio y dispongan a su antojo del vital líquido, no importándoles violar otros derechos fundamentales como es el prestigio, reputación y dignidad humana al exhibir ante los ojos de los vecinos a los que ellos indebidamente llaman “morosos” —en los pagos de los servicios que puntualmente cobran pero no realizan— pegando en sus puertas AVISOS intimidatorios con contenidos falsos como es el caso de la periodista Celeste Sáenz, quien recientemente sufrió este atropello que oportunamente fue reportado a las autoridades del municipio, quienes han guardado silencio absoluto y si en cambio, por estos reportes han recibido malos tratos por parte de una persona que dijo ser el Coordinador General Ejecutivo y Enlace Institucional en el Municipio de Temixco, que por cierto, dicho nombramiento no aparece en el organigrama de sus páginas oficiales.

Han permitido que un grupo de personas que se hace llamar X CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN en el Fraccionamiento Granjas Mérida, lucren, corten el servicio y dispongan a su antojo del vital líquido

SEÑALA CELESTE SÁENZ, “que el grupo

de personas que se hace llamar X CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN, vía internet está anunciando a la “Asociación de Colonos Granjas Mérida A. C.” como una Empresa dedicada a la Captación, Tratamiento y Suministro de Agua, sin duda alguna, se está lucrando con el vital líquido, olvidándose que la autorización del uso del pozo de donde se extrae el agua, es exclusivo para los vecinos del Fraccionamiento Granjas Mérida, lo cual está prohibido por las autoridades Estatal, Municipal y la propia CONAGUA, quien ya está tomando cartas en el asunto.”

Como prueba de lo anterior, nos proporciona vínculos en internet a través de los cuales se está lucrando con el agua, estos son:

https://directorioempresarialmexico.com/empresa/0006511711/ASOCIACI%C3%93N-DE-COLONOS-GRANJAS-MERIDA-A.C./

https://www.monitor.com.mx/6511711/asociacion-de-colonos-granjas-merida-a-c/

https://guiamexico.mx/empresa/6511711/asociacion-de-colonos-granjas-merida-a-c

https://temixco.guialis.com.mx/datos/asociacion-de-colonos-granjas-merida/5411448

CASOS COMO el de la periodista Celeste Sáenz, se deben a que, en la mayoría de los nombramientos de determinadas personas, que no satisfacen con el perfil necesario — cualificaciones técnicas— para ocupar cargos superiores en las entidades municipales de suministro de agua potable y saneamiento, culpa en gran medida de factores políticos en sus nombramientos, lo que debe erradicarse para que se respeten plenamente los derechos humanos y se cumplan las normas y obligaciones que marca la ley.



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